EL
INE NO FUNDAMENTA DESAPARICIÓN DE SPOT SOBRE LÓPEZ DÓRIGA: TRIBUNAL ELECTORAL
El Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación (TEPJF) indica que el
Instituto Nacional Electoral (INE), no fundamentó de manera correcta la
decisión de la desaparición o modificación del spot del Partido de la
Revolución Democrática (PRD) en el que se muestra la imagen del periodista
Joaquín López Dóriga.
A través de un boletín de prensa, la Sala
Superior del Tribunal dio a conocer lo visto en la sesión pública, donde se
aprobó, por unanimidad, el proyecto del magistrado Constancio Carrasco, en el
que hace público que la autoridad tomó la determinación sin fundamentar lo
acusado. Posteriormente, se ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE
que funde y motive la decisión de suspender la difusión del spot identificado
como “Queremos ser tu voz”.
En cuanto a la “calumnia electoral” que es
definida por la ley comicial como -la imputación de hechos o delitos falsos con
impacto en un proceso electoral-, el
Tribunal Electoral afirma que no es aprobada como tal, ya que no
contiene los elementos suficientes para ser considerada calumnia contra el
periodista López Dóriga.
El pasado 10 de Enero, Joaquín López
Dóriga presentó ante el INE una denuncia contra el PRD por su spot “Queremos
ser tu voz”, en el que se presenta su imagen como un error mexicano, cuestión
que alteró al periodista y lo llevó a tomar esa decisión. En la queja, se
denuncia el uso no autorizado de la imagen de López Dóriga, así como la
publicación de expresiones en contra de su persona tanto en redes sociales como
en otros medios de comunicación, por lo tanto, el INE estableció un plazo de 24 a 48 horas a los
concesionarios de televisión para retirar de su barra de programación el
promocional del partido.
ALMA KAREN AGUIRRE VALDERRAMA
No hay comentarios:
Publicar un comentario