lunes, 26 de enero de 2015

NOTA SOBRE SPOT DEL PRD

EL INE NO FUNDAMENTA DESAPARICIÓN DE SPOT SOBRE LÓPEZ DÓRIGA: TRIBUNAL ELECTORAL

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)  indica que el Instituto Nacional Electoral (INE), no fundamentó de manera correcta la decisión de la desaparición o modificación del spot del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el que se muestra la imagen del periodista Joaquín López Dóriga.
A través de un boletín de prensa, la Sala Superior del Tribunal dio a conocer lo visto en la sesión pública, donde se aprobó, por unanimidad, el proyecto del magistrado Constancio Carrasco, en el que hace público que la autoridad tomó la determinación sin fundamentar lo acusado. Posteriormente, se ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que funde y motive la decisión de suspender la difusión del spot identificado como “Queremos ser tu voz”.
En cuanto a la “calumnia electoral” que es definida por la ley comicial como -la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en un proceso electoral-, el  Tribunal Electoral afirma que no es aprobada como tal, ya que no contiene los elementos suficientes para ser considerada calumnia contra el periodista López Dóriga.
El pasado 10 de Enero, Joaquín López Dóriga presentó ante el INE una denuncia contra el PRD por su spot “Queremos ser tu voz”, en el que se presenta su imagen como un error mexicano, cuestión que alteró al periodista y lo llevó a tomar esa decisión. En la queja, se denuncia el uso no autorizado de la imagen de López Dóriga, así como la publicación de expresiones en contra de su persona tanto en redes sociales como en otros medios de comunicación, por lo tanto, el INE estableció un plazo de 24 a 48 horas a los concesionarios de televisión para retirar de su barra de programación el promocional del partido.





ALMA KAREN AGUIRRE VALDERRAMA


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